Cumpliendo con la Resolución 1862/11 del Ministerio de Salud de la Nación LOS BENEFICIARIOS PODRÁN SOLICITAR LA INCORPORACIÓN AL PROGRAMA DE UN FAMILIAR cuando:
- a. Se acredite que requiere atención especial para patologías crónicas de salud.
- b. No cumpla los requisitos para ser titular de una Pensión No Contributiva.
El primer requisito de admisión es positivo: se debe acreditar que el familiar requiere atención especial de salud. Dicha exigencia se entiende cumplida cuando el familiar del solicitante se encuentre afectado por alguna patología crónica de base. En estos casos, deberá ser acreditado por el solicitante con la siguiente documentación:
- Fotocopia de DNI.
- Documentación que acredite el vínculo familiar.
- Último recibo de cobro del beneficiario solicitante.
- Resumen de historia clínica donde conste la patología crónica de base, evolución y enfermedades asociadas si las hubiere.
- Tratamientos previos y actuales.
- Fotocopia de estudios médicos que acrediten la patología en cuestión.
- Constancia de asistencia a centro asistencial o servicio de referencia donde se trata o ha recibido tratamiento anteriormente.
El segundo requisito de admisión es negativo: el familiar del solicitante NO debe reunir los requisitos que la Comisión Nacional de Pensiones (dependiente de la Agencia Nacional de Discapacidad) exige para el otorgamiento de Pensiones No Contributivas (PNC), pues en tal caso, se deberá solicitar directamente el beneficio previsional (y no la afiliación como familiar a cargo).